Se informa al personal de Uliazpi que los trámites y actuaciones que realizamos con la Administración por nuestra condición de empleados/as públicos/as debemos realizarlas obligatoriamente por medios electrónicos (artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015).
Según el caso, hay estas vías:
1.- En general, Registro Electrónico:
Las solicitudes sobre las que los Servicios Centrales participen en la tramitación, se deberán presentar por esta vía. Entre otros: reducciones de jornada, excedencias, certificados, modificación del porcentaje de retención de IRPF, anticipos de sueldo…
3.- Las solicitudes que se tramiten en su totalidad en los centros, mientras se preparan los recursos necesarios para su tramitación electrónica, se tramitarán como hasta ahora. Por ejemplo, solicitudes de licencias y permisos habituales.
Para facilitar la relación electrónica, se han habilitado medios electrónicos en las zonas de recepción de todos los centros.